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14 julio, 2025 by Crisis Management, Empresas, Inteligencia Artificial, Tecnología

Suprema Corte: ¿Freno a la Innovación o Defensa del Autor Humano?

La reciente resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en México, que niega el registro de obras creadas con inteligencia artificial (IA) si carecen de autoría humana directa, ha generado un intenso debate en el ámbito legal y tecnológico. Desde Silicon Valley, Aldo Ricardo Rodríguez Cortés, CEO y cofundador de Lawgic Legal AI, una startup de tecnología legal, cuestiona fuertemente este fallo, advirtiendo sobre las implicaciones que podría tener para la creatividad y la innovación.

La polémica surge a raíz del caso de Gerald García Báez, quien buscó registrar un avatar virtual generado con IA, pero su solicitud fue rechazada por el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) y, finalmente, la decisión fue ratificada por la Segunda Sala de la SCJN. El argumento principal de la Corte es que el derecho de autor se aplica exclusivamente a personas físicas, excluyendo a las máquinas como titulares de derechos morales o patrimoniales.

La Distinción Crucial: “Con IA” vs. “Por la IA”

Para Rodríguez Cortés, la clave está en diferenciar si una obra es creada “con” IA o “por” la IA. “Si bien es cierto, la creación puede generarse a través de herramientas como la IA, la creación es producto de la imaginación humana”, sentencia.

Explica que no es lo mismo que un software genere aleatoriamente 100 canciones con una mínima intervención humana (obras “por la IA”), a que una persona utilice la IA como una herramienta para materializar su idea creativa, ya sea un texto, una pintura o una melodía (obras “con IA”). En este último escenario, la IA es un medio, similar a un procesador de texto o un pincel, que potencia el proceso creativo humano.

“Tú podrías actuar a la vieja escuela y hacer las cosas a mano con un procesador de texto, o puedes trabajar con inteligencia artificial y probablemente los resultados sean parecidos, sino iguales, pero si al final del día pasas por un proceso creativo donde tú como humano sabías lo que querías y al final lo plasmas a través de las herramientas o los medios que tienes a la mano”, argumenta Rodríguez.

El Precedente Preocupante: Obras “con IA” al Dominio Público

Lo que realmente preocupa a Rodríguez Cortés no es que la Suprema Corte niegue personalidad jurídica a la IA, lo cual considera “superbién”, sino la posible consecuencia de que este fallo siente un precedente para que “todo lo que toque la IA sea de dominio público”.

“Si editaste tu obra con IA, Dominio público; Si fue producto del proceso creativo la IA, Dominio público; Si creaste tu obra con IA – Dominio público”, advierte Rodríguez, en una publicación propia en LinkedIn. Esto, a su juicio, provocaría una situación compleja donde la simple sospecha de haber utilizado IA en el proceso creativo podría invertir la carga de la prueba, obligando al autor a demostrar que no usó esta tecnología.

“Pensarás… Pues fácil, solo no digo que lo hice con I.A. ¿Claro no? Pues no, porque yo podré decir, ‘yo creo que sí lo hiciste con I.A.’ y tú tendrás que entonces demostrar que no lo hiciste, editaste o te apoyaste de la I.A. en ningún momento”, explica. Esta exigencia, conocida como “prueba diabólica”, sería casi imposible de cumplir, ya que el proceso creativo rara vez se documenta de forma forense.

Para el CEO de Lawgic Legal AI, la IA es una herramienta que facilita, pero la responsabilidad recae en el ser humano. La resolución de la SCJN, tal como la interpreta Rodríguez, podría generar un efecto desalentador en la innovación y la creación, al castigar el uso de una tecnología cada vez más presente en el proceso creativo.

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